El sistema de comercio mundial se enfrenta a un importante punto de inflexión al final de este año, uno que se pospuso cuando China se unió a la Organización Mundial del Comercio (OMC) hace casi 15 años.

Estados Unidos y la Unión Europea deben decidir si van a empezar a negociar con China reconociendo a este país como una “economía de mercado” en lo que se refiere a sus políticas comerciales.

«Lamentablemente, incluso mientras se intensifica la batalla en el transcurso de este año, los términos de la opción garantizan que no se hará nada por abordar los defectos más profundos del régimen de comercio mundial», explica Dani Rodrik en su nota para el Foro Económico Mundial (WEF, sus siglas en inglés).

China

Entre otras cuestiones, este profesor de ciencias sociales del Institute for Advanced Science, de la Universidad de Princeton, recuerda que «el acuerdo de adhesión de China a la OMC, firmado en diciembre de 2001, permitió que los socios comerciales de este país se relacionen con China en su calidad de ‘economía no de mercado’ (NME) por un período de hasta 15 años. El estatus de NME hizo que sea mucho más fácil para los países importadores imponer aranceles especiales a las exportaciones chinas, en la forma de derechos antidumping. De manera particular, estos países estaban facultados para utilizar los costos de producción de países más caros en lugar de los verdaderos costos chinos, aumentando de esta manera tanto las probabilidades de un hallazgo de dumping, como el margen estimado de dumping».

Rodrik comenta que hoy en día, si bien muchos países, como ser Argentina, Brasil, Chile y Corea del Sur, ya han otorgado a China el estatus de economía de mercado, mientras que EE.UU. y la UE, las dos mayores economías del mundo, no lo hicieron.

Los números hablan por su propia cuenta. Desde la creación de la OMC en el año 1995, se puso en marcha más de 3.000 derechos antidumping (la India, EE.UU., y la UE son los usuarios más frecuentes de estos derechos). El número correspondiente a las medidas de salvaguardia es de apenas 155 (los países en vías de desarrollo son, en este caso, los usuarios más frecuentes). Claramente, antidumping es el remedio de elección en el ámbito del comercio internacional.

«Sin embargo, el régimen de comercio mundial tiene que abordar temas de equidad, de manera adicional a temas relativos a la eficiencia económica», explica Rodrik.

Y añade que «cuando empresas nacionales deben competir, por ejemplo, con empresas chinas que están sustentadas económicamente por un gobierno que tiene mucho dinero, el campo de juego se inclina para favorecer a estas empresas en formas que la mayoría de las personas consideraría como inaceptables».

Si es injusto que las empresas nacionales compitan con entidades extranjeras que están subvencionadas o apuntaladas por sus gobiernos, ¿no será similarmente injusto que los trabajadores nacionales compitan con trabajadores extranjeros que carecen de derechos fundamentales, tales como derechos a la negociación de un convenio colectivo de trabajo o a ser sujetos de medidas de protección contra el abuso en el lugar de trabajo? ¿No son también fuentes de competencia desleal las empresas que depredan el medio ambiente, utilizan mano de obra infantil u ofrecen condiciones de trabajo peligrosas?

«Los expertos en comercio internacional han sido muy cautelosos durante mucho tiempo en cuanto a abrir el régimen de la OMC a interrogantes sobre los estándares laborales y ambientales o sobre derechos humanos, por temor a la pendiente resbaladiza del proteccionismo. Sin embargo, cada vez está más claro que la exclusión de estos temas hace más daño», asegura Rodrik.

Y concluye que «las disputas relativas al comercio con China y con otros países son una oportunidad para ventilar – en lugar de reprimir – estos temas, y, por lo tanto, una oportunidad para tomar un paso importante hacia la democratización del régimen de comercio del mundo».